La Institución Educativa N°22402 “Micaela Bastidas” fue creada en el año 1945 mediante R.S. N°2909 de fecha 15 de octubre. Se crea como la escuela de Primer Grado de Mujeres N°15086
COMUNICADO MATRÍCULA 1° GRADO 2025
I.- LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ DEL DÍA LUNES 16 DE DICIEMBRE DEL 2024 AL VIERNES 03 DE ENERO DEL 2025 MEDIANTE LA PÁGINA WEB DE LA I.E.
II.- PERSONAS QUE PUEDEN REALIZAR EL PROCESO DE MATRÍCULA:
III.- DOCUMENTACIÓN:
ESTOS TRES ÚLTIMOS DOCUMENTOS SON EMITIDOS POR EL CONADIS
IV.- REQUISITOS PARA SOLICITAR VACANTES PARA 1° GRADO 2025; LLENAR EL FORMULARIO EN LA PÁGINA WEB ADJUNTANDO:
El proceso regular de matrícula consta las siguientes etapas:
CÀLCULO DE VACANTES:
En esta etapa, el director de la IE o responsable del programa identifica cuántas vacantes tiene para el próximo año o periodo promocional. Las vacantes se calculan por cada aula (sección) que, para el siguiente año escolar o periodo promocional, cuente con docente asignado, salvo disposición expresa del Minedu. Para esta etapa, se debe considerar lo siguiente:
DIFUSION DE LA INFORMACIÒN:
A través de los medios con los que cuente la IE o el programa, el director debe publicar información sobre el proceso de matrícula para conocimiento de las familias. La publicación debe incluir (i) información sobre la cantidad de vacantes, (ii) medios y/o canales de atención disponibles, (iii) fechas y plazos para el proceso. La información sobre la cantidad de vacantes debe actualizarse de manera periódica para que las familias puedan saber si la IE o programa cuenta o no con vacantes a la fecha de consulta.
Para esto, se recomienda al director de la IE:
PRESENTACIÒN DE SOLICITUDES:
La presentación de solicitudes se realizará a través de medios virtuales o digitales. En este caso será a través de la página Web de la institución educativa, que será publicada en el frontis de la institución y en los grupos de WhatsApp de los profesores de aula y de APAFA.
Para saber si una IE o programa tienen vacantes, se debe visitar los espacios físicos o digitales en los que estos hayan publicado información, o solicitar asistencia presencial o virtual a la UGEL de su localidad. El momento de presentación de la solicitud no otorga prioridad ni garantiza la asignación de una vacante.
REVISIÒN DE SOLICITUDES:
El director de la IE o responsable del programa debe revisar que las solicitudes cumplan con lo establecido en el Reglamento Interno vigente y normas legales establecidas.
ASIGNACION DE VACANTES.
Al concluir la etapa de revisión de solicitudes, el/la director/a de la IE o responsable del programa debe asignar las vacantes a las solicitudes que estén conformes.
Si la cantidad de solicitudes para determinado grado es mayor a la cantidad de vacantes, el/la director/a de la IE o responsable del programa debe aplicar el criterio de prioridad que se estipulan en el reglamento Interno de la Institución Educativa, los cuales son los siguientes:
En el caso de EBR y EBA, adicionalmente, se debe dar prioridad a los/las estudiantes con discapacidad leve o moderada10. Las condiciones de discapacidad que suelen ser atendidas en EBR y EBA están relacionadas con: discapacidad auditiva, discapacidad visual, discapacidad física, sordoceguera, trastorno del espectro autista, discapacidad intelectual leve o moderada. Para determinar si la atención de un/a estudiante con discapacidad debe ser en EBR o EBA, se debe considerar la edad del estudiante: si tiene 14 años o menos, se sugiere que la atención se brinde en EBR; si tiene más de 14 años, en EBA. En principio, en las II.EE. de EBR y EBA se debe reservar como mínimo dos (2) vacantes para estudiantes con discapacidad leve o moderada en cada aula. Si por continuidad, en el aula ya hubiera uno (1) o dos (2) estudiantes con discapacidad leve o moderada matriculados, se deberá verificar la pertinencia de atender a más estudiantes con la misma característica. Si no se reciben solicitudes de estudiantes con discapacidad leve o moderada, se puede disponer de las vacantes reservadas.
Si luego de asignar todas sus vacantes, la IE o programa no logra atender todas las solicitudes recibidas, debe informar inmediatamente a quienes no hayan logrado obtener una vacante a través del medio que disponga, e informar sobre el servicio de asistencia que brinda la UGEL. Una vez que la UGEL haya encontrado una vacante dentro de su jurisdicción, deberá brindar al ciudadano/a los datos de contacto de la IE y realizar acompañamiento y seguimiento hasta el registro del estudiante en el SIAGIE. En caso de que la UGEL no encuentre vacante, debe reportar el déficit de vacantes a su DRE.
REGISTRO EN EL SIAGIE:
La dirección y secretaría son los responsables de registrar a los estudiantes ingresantes al SIAGIE.
ENTREGA DE DOCUMENTOS:
Según fechas establecidas la madre, padre o apoderado son los responsables de entregar los documentos según requisitos a la secretaría de la dirección.